Hasta ahora era un rumor, pero ya es oficial: Ford dejará de fabricar el Focus en la planta de Pacheco, Buenos Aires. Será a partir de mayo de 2019, tal cual le confirmó un vocero de la marca americana a TN Autos. Y, al menos por estas horas, no hay reemplazante.
En todas sus versiones (hatchback y sedán), el Ford Focus se retirará de la línea de montaje nacional "por la caída que sufrió el segmento mediano en la Argentina y en Brasil", explicó el directivo a este medio. "Es una categoría que se achicó", lamentó. En los siniestros de robo o hurto y/o daños y/o incendio puede existir una porción del siniestro que queda a cargo del asegurado y que se denomina "FRANQUICIA". Si el valor total del siniestro supera dicho monto, la aseguradora pagará la diferencia entre la franquicia y el valor total mencionado.
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Se conoció el texto de la Resolución SSN N° 40.541, mediante la cual se establece el nuevo régimen de cobranza para Productores Asesores de Seguros, Sociedades de P.A.S. y también Agentes Institorios, fijando que la gestión de cobro de los premios SOLO se podrá realizar a través de medios electrónicos o cheque. La aplicación de la resolución será gradual de acuerdo al siguiente cronograma: a) A partir del 1 de septiembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a VEINTE MIL PESOS ($ 20.000). b) A partir del 1 de diciembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a DIEZ MIL PESOS ($10.000). c) A partir del 1 de marzo de 2018 resultará aplicable para la totalidad de los cobros de premios independientemente de su monto. ![]()
Cuando decidimos tomar un seguro, a veces optamos por los seguros llamados "enlatados" o cerrados. Estos productos tienen sumas aseguradas predeterminadas y fijas, que muchas veces no coincide con los valores reales del los bienes asegurables, lo cual NO beneficiará al asegurado en caso de siniestro, por el contrario, lo perjudicará.
Si entendemos las diferencias entre PRESTACION A PRORRATA y PRIMER RIESGO ABSOLUTO, lograremos tomar un seguro que realmente nos va a cubrir en caso de ocurrencia de un siniestro. De esta forma, concluiremos que declarar los valores reales de los bienes asegurados implica tomar un seguro con responsabilidad patrimonial y asegurativa. De allí la importancia de recibir un correcto asesoramiento al momento de decidir proteger nuestro patrimonio mediante una póliza de seguros.
![]() En los accidentes denominados "en cadena" (cuando colisionan más de dos vehículos que circulan en la misma dirección) las investigaciones de CESVI ARGENTINA demuestran que en muchos casos los siniestros no se generan por excesivas velocidades, sino debido a que los rodados se encontraban transitando a corta distancia uno del otro, no permitiéndole a sus conductores tener el tiempo necesario para frenar y evitar impactar al vehículo que lo precedía. Sabemos que en todo proceso de frenado intervienen dos factores: el tiempo de reacción del conductor y el tiempo de frenado del vehículo. El tiempo de reacción es el tiempo que transcurre entre que el conductor percibe el peligro y traslada su pie del pedal de aceleración al pedal de freno. Este tiempo será más prolongado que el normal (aproximadamente un segundo) en función de diferentes causas como un insuficiente descanso, la distracción por la utilización de celulares, el consumo de alcohol, drogas y otros. El otro factor es propiamente la distancia que se necesita para detener un vehículo una vez que se comenzó a frenar. Aquí juegan cuatro elementos fundamentales: la velocidad, el estado de los neumáticos, de los frenos y la superficie sobre la que está circulando, que actúan directamente sobre la mayor o menor adherencia del automóvil. Como regla general en CESVI ARGENTINA recomendamos que los conductores de automóviles deben tener una distancia de seguimiento con el vehículo que lo antecede no menor a 3 segundos, para el caso de circular sobre calzada seca y en buen estado, y ante cualquier factor desfavorable, dicha distancia debe aumentar a 5 o más segundos. (Fuente CESVI) En esta oportunidad, queremos compartir con vos una importante novedad. Alineados a la innovación tecnológica y en la búsqueda constante de estar cerca de nuestros clientes, lanzamos una nueva aplicación móvil que permite que los asegurados accedan a toda la información necesaria de sus pólizas y realicen diferentes gestiones, desde cualquier lugar, de manera rápida y ágil.
Nadie está exento, lamentablemente, de ser protagonista de un accidente. Todos sabemos que ante un siniestro hay una cierta cantidad de datos del otro vehículo y conductor que deben tener en cuenta, pero muchas veces, los nervios nos juegan una mala pasado.
Ahora todos los contratos de seguros son de adhesión y algunos también de consumo. Se elimina la diferencia entre RC contractual y extracontractual. La prescripción para la responsabilidad civil es de tres años. Se incorporan el deber de prevención del daño, y nuevos seguros obligatorios para consorcios y establecimientos educativos. Se reconoce las contratación vía medios electrónicos. Se modifica derechos hereditarios con impacto en los seguros de Personas.
![]() De acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 38065 de la Superintendencia de Seguros de la Nación se fijan nuevos limites máximos de indemnización en la cobertura de Responsabilidad Civil del Seguro Automotor voluntario. Por tal motivo, a partir del 1/3/2014 entrará en vigencia esta nueva disposición que además modifica los límites indemnizatorios del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil. Consecuentemente los nuevos montos máximos serán: RC VOLUNTARIA · Grupo 1 $ 4.000.000.- · Grupo 2 $13.000.000.- RC OBLIGATORIA · Muerte e incapacidad permanente por persona $200.000.- · Muerte e incapacidad permanente por acontecimiento $400.000- · Gastos sanatoriales por persona $15.000.- · gastos por sepelio por persona $8.000.- Próximamente informaremos sobre la Resolución Nº 38.066 que establece modificaciones al texto uniforme de la póliza del seguro automotor e incluye un nuevo texto de póliza para el seguro obligatorio. (Fuente La Holando Sudamericana S.A.)
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