Preguntas Frecuentes
¿ POR QUÉ CONTRATAR UNA PÓLIZA DE AUTOMOTORES?
Las necesidades de contar con un Seguro de Automotores son básicamente dos:
· La obligación establecida por la Ley de Tránsito N° 24.449 exige la contratación de como mínimo un seguro de Responsabilidad Civil.
· La conveniencia de proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor.
El Seguro de Automotores tiene por objeto:
· Proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor, ante los daños y perjuicios causados por el vehículo asegurado o por la carga que transporta.
· Indemnizar el daño que sufra el vehículo como consecuencia de Incendio, Accidente y/o Robo o Hurto.
· La obligación establecida por la Ley de Tránsito N° 24.449 exige la contratación de como mínimo un seguro de Responsabilidad Civil.
· La conveniencia de proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor.
El Seguro de Automotores tiene por objeto:
· Proteger el patrimonio del asegurado y/o conductor, ante los daños y perjuicios causados por el vehículo asegurado o por la carga que transporta.
· Indemnizar el daño que sufra el vehículo como consecuencia de Incendio, Accidente y/o Robo o Hurto.
¿ SE PUEDE CIRCULAR SIN EL RECIBO DE PAGO DEL SEGURO AUTOMOTOR?
Si, se puede circular sin el recibo de pago. La resolución N° 34.225 de la Superintendencia de Seguros de la Nación detalla claramente la documentación necesaria para circular con tu vehículo. Descarga el documento haciendo clic aquí.
¿ QUÉ CUBREN LOS SEGUROS DE AUTOMOTORES?
RESPONSABILIDAD CIVIL:
Cubre los reclamos que pueda recibir el asegurado por daños causados a terceras personas o sus bienes, ya sean producidos por él o por quien conduzca su automóvil. Asimismo incluye el seguro obligatorio establecido por la Ley de Tránsito Nº 24.449.
Se consideran terceros a todas las personas que no sean familiares (cónyuges o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad), suyos y/o del conductor o socios o que esté en relación de dependencia laboral con el Asegurado y/o el conductor.
COBERTURAS DEL CASCO DEL VEHÍCULO: Se pueden contratar algunos o todos los riesgos que se detallan a continuación.
DAÑOS MATERIALES: Cubre los daños materiales que sufra el vehículo asegurado a consecuencia de accidentes. Cubre, los daños producidos por huelgas, lock-out, o tumulto popular.
INCENDIO: El asegurador cubre los daños materiales sufridos por el automóvil como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego, explosión o rayo.
ROBO o HURTO: Cubre el robo y el hurto del automóvil o partes del mismo provistas en el modelo original de fábrica. No está permitida la cobertura de robo y/o hurto del auto-stereo o equipo reproductor de sonido.
CONCEPTOS A TENER EN CUENTA
COBERTURAS TOTALES y PARCIALES: Cada uno de los riesgos descriptos anteriormente pueden ser cubiertos en forma parcial o total.
Cubre los reclamos que pueda recibir el asegurado por daños causados a terceras personas o sus bienes, ya sean producidos por él o por quien conduzca su automóvil. Asimismo incluye el seguro obligatorio establecido por la Ley de Tránsito Nº 24.449.
Se consideran terceros a todas las personas que no sean familiares (cónyuges o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad), suyos y/o del conductor o socios o que esté en relación de dependencia laboral con el Asegurado y/o el conductor.
COBERTURAS DEL CASCO DEL VEHÍCULO: Se pueden contratar algunos o todos los riesgos que se detallan a continuación.
DAÑOS MATERIALES: Cubre los daños materiales que sufra el vehículo asegurado a consecuencia de accidentes. Cubre, los daños producidos por huelgas, lock-out, o tumulto popular.
INCENDIO: El asegurador cubre los daños materiales sufridos por el automóvil como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego, explosión o rayo.
ROBO o HURTO: Cubre el robo y el hurto del automóvil o partes del mismo provistas en el modelo original de fábrica. No está permitida la cobertura de robo y/o hurto del auto-stereo o equipo reproductor de sonido.
CONCEPTOS A TENER EN CUENTA
COBERTURAS TOTALES y PARCIALES: Cada uno de los riesgos descriptos anteriormente pueden ser cubiertos en forma parcial o total.
¿ CUANDO SE CONSIDERA "DAÑO TOTAL" EN UN SINIESTRO DE AUTOMOTORES?
- Se entiende que el daño es total, si el valor de realización de los restos de la unidad siniestrada no supera el 20% del valor de venta al público al contado en plaza del vehículo asegurado al momento del siniestro.
- Se considera perdida o destrucción total cuando el costo de reparación y/o reemplazo de las partes afectadas alcance o supere el 80% del valor del vehículo al momento del siniestro.
¿ QUE ES LA FRANQUICIA EN UN SEGURO?
En los siniestros de robo o hurto y/o daños y/o incendio puede existir una porción del siniestro que queda a cargo del asegurado y que se denomina "FRANQUICIA". Si el valor total del siniestro supera dicho monto, la aseguradora pagará la diferencia entre la franquicia y el valor total mencionado.
¿ QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO?
- Antes que nada, si hay lesionados, solicitar Asistencia Médica.
- Inmediatamente ponerse en contacto con su Productor Asesor de Seguros para informar la ocurrencia del siniestro y así obtener más detalles de cómo proceder.
- De ser posible, tome fotografías en el lugar del Siniestro del estado en que quedaron los vehículos (daños, ubicación, huellas de frenado, existencia de cartel de PARE, etc.) donde se vean las chapas patentes de identificación de los vehículos.
SOLICITAR AL TERCERO LOS SIGUIENTES DATOS:
- Nombre y apellido, domicilio del propietario del vehículo y del conductor
- Teléfono
- Documento del conductor
- Número de registro, categoría y vencimiento
- Aseguradora, póliza y vencimiento
- Vehículo, patente, motor y color
- Cédula verde
PROCEDIMIENTOS ADICIONALES:
- Obtener testigos imparciales (Nombre y apellido, número de documento, domicilio y teléfono).
- Efectuar denuncia policial detallando claramente lo sucedido y consignando los daños producidos. Solicitar copia de la denuncia.
- No asumir responsabilidades. Tampoco realizar transacciones o acuerdos, el tercero deberá dirigirse a su aseguradora.
- Contactar al Productor - Asesor de Seguros.
- Denunciar el siniestro en la compañía de seguros dentro de los 3 días de haber ocurrido el siniestro, acercando copia de la denuncia policial y confeccionando el formulario de Denuncia de Siniestro que ésta le suministre.
- Documentar por escrito todas las conversaciones y nombres de personas con las que se pone en contacto en relación con su reclamación.
- Mantener un archivo de todos lo papeles relacionados el reclamo.
¿ QUE CUBREN LOS SEGUROS DE RIESGOS DEL TRABAJO (ART)?
La cobertura de Riesgos del Trabajo repara los daños ocasionados por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Un accidente de Trabajo es un hecho súbito y violento ocurrido en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere), siempre que el damnificado no hubiere alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
Una enfermedad profesional es la producida por causa del lugar o del tipo de trabajo.
Un accidente de Trabajo es un hecho súbito y violento ocurrido en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere), siempre que el damnificado no hubiere alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
Una enfermedad profesional es la producida por causa del lugar o del tipo de trabajo.
¿ QUÉ ES LA CLÁUSULA DE AJUSTE AUTOMÁTICO EN LA PÓLIZA DE AUTOMOTOR?
La cláusula de ajuste automático se expresa en términos porcentuales en la póliza y opera al momento de un Siniestro Total o Parcial (Incendio, Robo ó Destrucción).
Al momento de liquidar el siniestro, la compañía indemnizará al Asegurado con el valor total de la Suma Asegurada que figura en la póliza pero si el valor del bien asegurado actualizado a la fecha del siniestro es mayor al expresado en la póliza, la Aseguradora pagará incrementando el importe hasta el porcentaje expresado en la póliza.
Ejemplo: En la póliza figura como suma asegurada $ 500.000 y cuenta con una Cláusula de Ajuste Automático del 20%.
Al momento del siniestro el valor del vehículo es de $ 580.000, entonces la Aseguradora indemnizará con $ 580.000 al Asegurado porque hasta $ 600.000 están cubiertos por la Cláusula de Ajuste Automático.
Al momento de liquidar el siniestro, la compañía indemnizará al Asegurado con el valor total de la Suma Asegurada que figura en la póliza pero si el valor del bien asegurado actualizado a la fecha del siniestro es mayor al expresado en la póliza, la Aseguradora pagará incrementando el importe hasta el porcentaje expresado en la póliza.
Ejemplo: En la póliza figura como suma asegurada $ 500.000 y cuenta con una Cláusula de Ajuste Automático del 20%.
Al momento del siniestro el valor del vehículo es de $ 580.000, entonces la Aseguradora indemnizará con $ 580.000 al Asegurado porque hasta $ 600.000 están cubiertos por la Cláusula de Ajuste Automático.
¿ COMO FUNCIONA UN SEGURO DE CAUCION DE ALQUILER?
Alquilar una vivienda o departamento a veces no es una tarea sencilla. Ante la realidad de muchos que necesitan un hogar, garantizamos el contrato de alquiler a través de Compañías de Seguros de primera línea.
Cómo funciona?
A través de estas pólizas, garantizamos al Propietario del inmueble el cumplimiento en tiempo y forma del contrato de alquiler por parte del Inquilino, reemplazando así la presentación de una Garantía Propietaria, la cuál muchas veces es un impedimento para el posible inquilino.
Qué cubre?
Algunos aspectos técnicos:
Requisitos para contratar la póliza:
Cómo funciona?
A través de estas pólizas, garantizamos al Propietario del inmueble el cumplimiento en tiempo y forma del contrato de alquiler por parte del Inquilino, reemplazando así la presentación de una Garantía Propietaria, la cuál muchas veces es un impedimento para el posible inquilino.
Qué cubre?
- Los alquileres impagos por el período de vigencia establecido en el contrato de locación.
- Con la nueva Ley de Alquileres que entró en vigencia a partir del 01/07/2020, se hicieron algunas modificaciones en las vigencias de estas pólizas, garantizando con Pólizas Anuales renovables durante los 3 años de vigencia del contrato de alquiler.
De esta forma se pueden actualizar cada año los montos garantizados para mantener bien ajustada la suma asegurada a la realidad.
Algunos aspectos técnicos:
- Costo de la póliza: El costo de la póliza para el primer año de vigencia es variable dependiendo de la asegurador, para eso podés pedir la cotización haciendo click aquí.
Para el segundo año de vigencia, se vuelve a calcular el costo con el mismo criterio pero aplicando el nuevo costo menusal del alquiler que se pacta para ese segundo año.
De la misma forma se aplica para el terecer año de vigencia. - Forma de pago: Contado contra entrega de la póliza o en 10 cuotas mensuales (Dependiendo de la aseguradora elegida pude variar la opción de pago).
- Tomador de la póliza: Es el inquilino (Obligado al pago de la prima del seguro).
- Asegurado o Beneficiario: Propietario del inmueble objeto del contrato.
Requisitos para contratar la póliza:
- Copia del DNI del inquilino.
- Copia de los últimos 3 recibos de sueldo del inquilino (Si es monotributista, DDJJ de ingresos).
- Antigüedad mínima comprobable de 2 años en el empleo o profesión.
- Copia del Contrato de Alquiler (Borrador)
- Solicitud de póliza firmada por el inquilino.
¿ QUÉ ES EL SISTEMA CLEAS?
Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo. Las compañías adheridas al sistema trabajan entre sí para que vos sólo te ocupes de hacer la denuncia del choque y retirar tu auto reparado. CLEAS hace más rápido tu seguro. (Conocer mas...)