Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo. Las compañías adheridas al sistema trabajan entre sí para que vos sólo te ocupes de hacer la denuncia del choque y retirar tu auto reparado. CLEAS hace más rápido tu seguro. En la actualidad, las Aseguradoras adheridas son: Allianz, La Segunda, Iúnigo, MAPFRE, Río Uruguay, Rivadavia, Sura Seguros, Sancor, San Cristóbal y Zurich. Cleas no tiene ningún costo adicional para los Asegurados. Los siniestros que están excluidos de este Sistema son: • Los siniestros entre vehículos de la misma Compañía. • Motos, máquinas agrícolas, vehículos de más de 9 toneladas de peso bruto total (ómnibus y camiones), casas rodantes, acoplados, furgones y semirremolques. • Vehículos que hayan sufrido destrucción total. • Los siniestros con lesiones y/o muertes. Si querés conocer el reglamento completo del Sistema CLEAS, podés descargarlo desde esta publicación.
En los siniestros de robo o hurto y/o daños y/o incendio puede existir una porción del siniestro que queda a cargo del asegurado y que se denomina "FRANQUICIA". Si el valor total del siniestro supera dicho monto, la aseguradora pagará la diferencia entre la franquicia y el valor total mencionado.
Cuando decidimos tomar un seguro, a veces optamos por los seguros llamados "enlatados" o cerrados. Estos productos tienen sumas aseguradas predeterminadas y fijas, que muchas veces no coincide con los valores reales del los bienes asegurables, lo cual NO beneficiará al asegurado en caso de siniestro, por el contrario, lo perjudicará.
Si entendemos las diferencias entre PRESTACION A PRORRATA y PRIMER RIESGO ABSOLUTO, lograremos tomar un seguro que realmente nos va a cubrir en caso de ocurrencia de un siniestro. De esta forma, concluiremos que declarar los valores reales de los bienes asegurados implica tomar un seguro con responsabilidad patrimonial y asegurativa. De allí la importancia de recibir un correcto asesoramiento al momento de decidir proteger nuestro patrimonio mediante una póliza de seguros.
Nadie está exento, lamentablemente, de ser protagonista de un accidente. Todos sabemos que ante un siniestro hay una cierta cantidad de datos del otro vehículo y conductor que deben tener en cuenta, pero muchas veces, los nervios nos juegan una mala pasado.
Ahora todos los contratos de seguros son de adhesión y algunos también de consumo. Se elimina la diferencia entre RC contractual y extracontractual. La prescripción para la responsabilidad civil es de tres años. Se incorporan el deber de prevención del daño, y nuevos seguros obligatorios para consorcios y establecimientos educativos. Se reconoce las contratación vía medios electrónicos. Se modifica derechos hereditarios con impacto en los seguros de Personas.
De acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 38065 de la Superintendencia de Seguros de la Nación se fijan nuevos limites máximos de indemnización en la cobertura de Responsabilidad Civil del Seguro Automotor voluntario. Por tal motivo, a partir del 1/3/2014 entrará en vigencia esta nueva disposición que además modifica los límites indemnizatorios del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil. Consecuentemente los nuevos montos máximos serán: RC VOLUNTARIA · Grupo 1 $ 4.000.000.- · Grupo 2 $13.000.000.- RC OBLIGATORIA · Muerte e incapacidad permanente por persona $200.000.- · Muerte e incapacidad permanente por acontecimiento $400.000- · Gastos sanatoriales por persona $15.000.- · gastos por sepelio por persona $8.000.- Próximamente informaremos sobre la Resolución Nº 38.066 que establece modificaciones al texto uniforme de la póliza del seguro automotor e incluye un nuevo texto de póliza para el seguro obligatorio. (Fuente La Holando Sudamericana S.A.) |
Blog de NoticiasAquí encontrarás novedades, documentos importantes y artículos interesantes en materia de seguros. AutorGonzalo L. Ruiz |